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Oficinas-locales le ofrece unas deficiones de los términos inmobiliarios.

Expediente notarial supervisado por el notario de la demarcación en la que se quiere practicar el acta, cuyo objeto es el de dar fe pública sobre algún hecho notorio y público que se produzca. es usual el empleo de este procedimiento como tramite previo al judicial, para la inmatriculación de las fincas o para acreditar la carencia de arrendatarios en un inmueble.

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Edificio o local donde se depositan géneros de cualquier especie, generalmente mercancías.

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Precio debito por el arrendatario como en contrapartida del goze del local, per mes o per trimestre.

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Profesional titulado que actúa como intermediario en una transacción inmobiliaria y a cambio cobra una comisión por sus servicios.

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Los Agentes de Propiedad Inmobiliaria (API) deben matricularse en un Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria.

Para la incorporación a un Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria se requiere acreditar, como condiciones generales de aptitud, las siguientes:
- Ser mayor de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.
- Estar en posesión del título de graduado, licenciado, diplomado, ingeniero, arquitecto, ingeniero técnico o arquitecto técnico, o del Título Oficial de Agente de la Propiedad Inmobiliaria expedido por el Ministerio competente.
- Carecer de antecedentes penales que le inhabiliten para el ejercicio profesional.

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Señal o cantidad que entrega el comprador al vendedor, en garantía de una compraventa que han convenido pero que está pendiente de formalizar. Según su finalidad y sus efectos se denominan:

- Arras confirmatorias: Cuando tienen fuerza vinculante para el comprador y el vendedor, pudiendo cualquiera de ellos exigir del otro el cumplimiento de la obligación. La cantidad así entregada forma parte del precio.

- Arras penales: Cuando actúan como cláusula penal a favor del vendedor, quien, en caso de incumplimiento del comprador, puede exigirle que cumpla y además hacer suyas las arras recibidas, que en estos casos no forman parte del precio.

- Penitenciales: Cuando cualquiera de las partes puede desistir del contrato. Son las reguladas en el artículo 1454 del Código Civil, donde se dispone que si quien desiste del contrato es el comprador, pierde la cantidad entregada en concepto de arras, y si es el vendedor está obligado a devolver el doble de lo recibido.

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Persona que cede el derecho a uso de un local de su propiedad a un tercero a cambio de un alquiler.

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Se entiende por arrendamiento de local aquel contrato en el que una persona (arrendador) cede a otro (arrendatario) el uso de una edificación cuyo destino primordial no sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, sino desarrollar en la finca otras actividades distintas.

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Transmisión del uso y disfrute por tiempo determinado de una edificación arrendada perfectamente identificada que tenga como destino primordial el ejercicio de una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente; a cambio de una precio previamente acordado entre las partes.

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Edificio de una o pocas plantas, con jardín, destinado especialmente a vivienda unifamiliar.

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El total de propietarios de un mismo edificio que se rige por la Ley de Propiedad Horizontal, así como por las normas o estatutos por ellos acordados. Colectivo formado por todos los cotitulares de un edificio dividido en régimen de propiedad horizontal. Se organiza corporativamente y carece de personalidad jurídica. Se regula por estatutos, que atenderán a los detalles de la convivencia y a la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes.

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Aquel por el cual una parte (agente) actúa en representación de otra (principal) y bajo la autoridad de esta última.

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El contrato de arrendamiento es un contrato por el cual una de las partes, llamada arrendador, se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa mueble o inmueble a otra parte denominada “arrendatario”, quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y determinado.

El precio puede consistir en una suma de dinero pagada de una sola vez, o bien en una cantidad periódica, que en este caso recibe el nombre de renta. Tambien puede pagarse la renta en cualquier otra cosa equivalente, con tal de que sea cierta y determinada, por ejemplo, con los frutos que produce la cosa arrendada.

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La fianza, en sentido estricto, consiste en una garantía personal, en virtud de la cual se asegura el cumplimiento de una deuda u obligación mediante la existencia de un fiador. El fiador es una tercera persona, ajena a la deuda, que garantiza su cumplimiento, comprometiéndose a cumplir él lo que el deudor no haya cumplido por sí mismo (deudor subsidiario).

En el Derecho civil, el fiador y el deudor son dos personas diferentes, ligados mediante una figura que posee una fisonomía contractual: contrato de fianza. La relación entre el acreedor y el fiador pasa a través del deudor. .

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Impuesto o tasa municipal de carácter anual que afecta a la propiedad inmobiliaria tanto urbana como rústica. Se le denomina comúnmente impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

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Procedimiento administrativo por motivos de utilidad pública o interés social previstos en las leyes con el fin de privar a una persona de la titularidad de un bien o de un derecho, dándole a cambio una indemnización.

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Depósito de una suma de dinero correspondante a una mensualidad de la renta pactada. Esta cantidad permanece inalterable durante los cinco primeros años de vigencia del contrato. La fianza arrendaticia sirve para sufragar, al término del contrato, todas aquellas obligaciones asumidas por el arrendatario que tengan una traducción económica. Por ejemplo: suministros pendientes de abono, posibles desperfectos o impagos de rentas.

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Los gastos repercutibles sobre el arrendatario son los siguientes:

- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que es un tributo de carácter municipal que grava la propiedad, tanto del suelo como lo edificado sobre él. Su repercusión al inquilino se puede pactar libremente por las partes contratantes. Es aconsejable que lo pague el propietario; en principio, porque como ya hemos dicho, es un impuesto que grava la propiedad, y en segundo lugar, porque con independencia del pacto que pueda suscribirse, el mismo, no afecta a la Administración, que a efectos de reclamación, se dirigirá siempre al sujeto pasivo del mismo, que es el propietario.

- La Comunidad de Propietarios. Si se acuerda que este gasto se repercuta al inquilino, debe recogerse por escrito, determinando su importe anual y mensual. Durante los cinco primeros años, la revisión por este concepto, sólo podrá hacerse anualmente y no podrá exceder del doble de aquél en que pueda incrementarse la renta. Con independencia de este acuerdo, en caso de impago, la Comunidad de Propietarios, se dirigirá contra el propietario.

- Los gastos de suministros (como luz, teléfono, agua, gas...) que se individualicen mediante aparatos contadores, serán de cuenta del arrendatario. Es conveniente que en el recibo de pago se especifiquen, separadamente, las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago.

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En el caso de un préstamo hipotecario se puede aplicar al principal un interés fijo o variable.

- Interés variable: El porcentaje subirá o bajará dependiendo de las fluctuaciones del mercado. Las medidas correctoras o el índice de revisión de intereses se fijará en el contrato y a su vez se reflejará en escritura pública.

- Interés fijo: Se pacta un porcentaje que siempre será el mismo independientemente de las fluctuaciones mercantiles.

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Son aquellas establecidas de forma directa por la ley, y que sólo crean un derecho a exigir la misma a favor de determinadas personas.

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Corresponde a la remuneración del API debida a su trabajo de intermediario y consejo en el marco del contrato que firmó con el propietario de la finca. Se calculan habitualmente como un porcentaje del precio final de venta. Según lo estipulado por el Tribunal Supremo, desde el momento de firmar un contrato los agentes tienen el derecho de exigir el pago de sus honorarios, en este ambas partes deben de fijar el precio real del inmueble y destinar las partes correspondientes a cada uno.

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Impuesto sobre el incremento del valor del inmueble vendido

Impuesto de naturaleza municipal que grava el incremento de valor de los bienes inmuebles. Este incremento en caso de venta del inmueble debe quedar reflejado en escritura pública. Su cuantía dependerá de los años transcurridos desde la última liquidación, el municipio en que se encuentra y dentro del propio municipio su localización.

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Finca donde para se desarrollar en ella una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente.

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El local donde se ejerce una negociación que se hace comprando y vendiendo o permutando géneros o mercancías.

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El local donde se va a desarrollar una actividad empresarial, comercial o profesional.

 

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El local donde se va a desarrollar una actividad empresarial, comercial o profesional.

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El notario certifica la operación y podrá ser elegido libremente por el solicitante entre los que operan en la plaza de la finca hipotecada o del domicilio del solicitante. Se consideran como gastos de notaría:

- Los que se producen por el otorgamiento de la escritura del préstamo hipotecario. Estos aranceles tienen como base imponible lo que se denomina "responsabilidad hipotecaria" aplicándose un porcentaje de la tarifa establecido legalmente sobre esta base.

- Importe de los folios utilizados y de las copias expedidas, el cual está asimismo establecido de forma legal.

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Las oficinas son unos locales donde se ejerce una actividad intelectual y no de venta.

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Derecho a comprar una finca en una fecha determinada a un precio pactado. La opción de compra se adquiere, normalmente, adelantando una cierta cantidad del dinero sobre el precio total del inmueble. Tener una opción de compra sobre el inmueble que quiere adquirir, le permite disponer de más tiempo para contratar un préstamo o buscar un inmueble mejor.

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Conjunto de habitaciones que constituyen vivienda independiente en una casa de varias alturas.

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Es un medio a través del cual se puede obtener información sobre los bienes muebles o inmuebles o sobre las personas en general. Es el acceso a la información registral, cuya meta es dar fe pública ante terceros de que un derecho le pertenece a determinada persona.

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Acción de ceder la vivienda que se ocupa. Si el subarriendo es parcial implica la cesión de una parte de las habitaciones de la vivienda a un tercero, con derecho a uso de los servicios comunes de la casa o piso.

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Casa, puesto o local comercial donde se venden al público artículos de comercio al por menor.

Existen : las oficinas, los locales comerciales, los locales con destino industrial, los locales de negocio, los locales con destino artesanal, los almacenes, los locales de enseñanza, los comercios, las tiendas y los locales profesionales.

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Vender un bien inmobiliario, es traspasar a alguien por el precio convenido la propiedad de dicho bien.

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Venta realizada de un producto sobre las definiciones gráficas (planos) y/o memoria de calidades, y sin que dicho producto se haya construido.

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Oficinas-locales esta dédicado al inmobiliario para empresas y comercial asi como a los anuncios inmobiliarias en el extranjero de oficinas, locales profesionales y de negocio.

Oficinas-locales le propone también unos consejos en inmobiliario durante la creación de su empresa.


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